Transferencia de derecho 

General

Nombre del servicio: Transferencia, transmisión de derecho sobre puesto a perpetuidad y temporales.

Lugar: Oficinas Administrativas del Cementerio de Santa Tecla.

Dirección: 5ª Calle Oriente y 15ª Avenida Norte, Santa Tecla.

Teléfono:  2500-1387.

Correo: cajacementerios@amst.gob.sv

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8:00 AM a 12:00 MD y de 1:00 PM a 4:00 PM. Sábado de 8:00 AM a 12:00 MD.

Costo: Transferencia de perpetuidad y temporal $43.00.

Tiempo de espera: Trámite de inmediato.

Entrega de título aproximadamente 15 días.

Observación: el tiempo de entrega del título depende de firmas externas a esta Gerencia.

Requisitos para realizar trámite

Definiciones

  • Transferencia de puesto a perpetuidad (Traspaso entre familiares).
  • Transmisión de derecho de puesto a perpetuidad (cuando el titular ha fallecido, corresponderá al primer beneficiario asignado en el título de propiedad, solicitar derecho).
  • Transferencia de puestos temporales. (Traspaso entre familiares).

Requisitos

  • Ser propietario de puesto a perpetuidad o temporales.
  • Cancelar el valor del trámite
  • En caso de los puestos temporales es indispensable que se presente el sedente y el que recibe el derecho.
Documentación requerida
  • DUI del propietario.
  • DUI de la persona que recibe el derecho (la perpetuidad y temporal).
  • DUI del apoderado y carta de poder original (si el trámite no lo realiza el propietario).
  • Título de puesto a perpetuidad en original.
  • Escritura pública por transferencia, en puesto a perpetuidad (entre vivos).
  • Documento autentificado ante notario (declaración jurada en caso de ser Transmisible por fallecimiento).
  • Partida de defunción de titular fallecido por puesto a perpetuidad y temporal.
Pasos a seguir
  • Presentarse a la Administración de cementerios.
  • Inspección técnica (Persona Cementerio).
  • Llenado de formulario (Anexo).
  • Asignación de beneficiarios (3).

Observación: En caso defunción de titular, si no hubiera testamento que disponga expresamente lo contrario sobre el puesto, beneficiarios, aun cuando no sean herederos, tendrán prelación sobre estos para que se les adjudique el derecho, según el orden preferente en que aparezcan anotados en el título respectivo.

Importante: En caso de que en el título no se hubiera asignado beneficiarios, deberá de apegarse a:

El Art. 988 (Código Civil El Salvador). Son llamados a la sucesión intestada:

  1. Los hijos, el padre, la madre, y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente.
  2. Los abuelos y demás ascendientes, los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a sus hijos.
  3. Los hermanos.
  4. Los sobrinos.
  5. Los tíos.
  6. Los primos hermanos
  7. La universidad de El Salvador y los hospitales
Formulario o fichas

Solicitar ficha en oficinas de cementerio

Nombre del servicio: Transferencia, transmisión de derecho sobre puesto a perpetuidad y temporales.

Lugar: Oficinas Administrativas del Cementerio de Santa Tecla.

Dirección: 5ª Calle Oriente y 15ª Avenida Norte, Santa Tecla.

Teléfono:  2500-1387.

Correo: cajacementerios@amst.gob.sv

Horarios de atención: Lunes a viernes de 8:00 AM a 12:00 MD y de 1:00 PM a 4:00 PM. Sábado de 8:00 AM a 12:00 MD.

Costo: Transferencia de perpetuidad y temporal $43.00.

Tiempo de espera: Trámite de inmediato.

Entrega de título aproximadamente 15 días.

Observación: el tiempo de entrega del título depende de firmas externas a esta Gerencia.

Definiciones

  • Transferencia de puesto a perpetuidad (Traspaso entre familiares).
  • Transmisión de derecho de puesto a perpetuidad (cuando el titular ha fallecido, corresponderá al primer beneficiario asignado en el título de propiedad, solicitar derecho).
  • Transferencia de puestos temporales. (Traspaso entre familiares).

Requisitos

  • Ser propietario de puesto a perpetuidad o temporales.
  • Cancelar el valor del trámite
  • En caso de los puestos temporales es indispensable que se presente el sedente y el que recibe el derecho.
  • DUI del propietario.
  • DUI de la persona que recibe el derecho (la perpetuidad y temporal).
  • DUI del apoderado y carta de poder original (si el trámite no lo realiza el propietario).
  • Título de puesto a perpetuidad en original.
  • Escritura pública por transferencia, en puesto a perpetuidad (entre vivos).
  • Documento autentificado ante notario (declaración jurada en caso de ser Transmisible por fallecimiento).
  • Partida de defunción de titular fallecido por puesto a perpetuidad y temporal.
  • Presentarse a la Administración de cementerios.
  • Inspección técnica (Persona Cementerio).
  • Llenado de formulario (Anexo).
  • Asignación de beneficiarios (3).

Observación: En caso defunción de titular, si no hubiera testamento que disponga expresamente lo contrario sobre el puesto, beneficiarios, aun cuando no sean herederos, tendrán prelación sobre estos para que se les adjudique el derecho, según el orden preferente en que aparezcan anotados en el título respectivo.

Importante: En caso de que en el título no se hubiera asignado beneficiarios, deberá de apegarse a:

El Art. 988 (Código Civil El Salvador). Son llamados a la sucesión intestada:

  1. Los hijos, el padre, la madre, y el cónyuge, y en su caso el conviviente sobreviviente.
  2. Los abuelos y demás ascendientes, los nietos y el padre que haya reconocido voluntariamente a sus hijos.
  3. Los hermanos.
  4. Los sobrinos.
  5. Los tíos.
  6. Los primos hermanos
  7. La universidad de El Salvador y los hospitales

 

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